El documento establece cambios en el reglamento sobre la presentación de los estados financieros de las compañías de seguros, reaseguro y pensiones, publicado en el Diario Oficial el 1 de octubre de 2023. Las modificaciones clave incluyen la actualización de fechas y algunas disposiciones específicas para la correcta presentación de información.
Artículo 1
Se ha cambiado la referencia «2025» por «2026» en el primer párrafo del artículo 1 de la disposición transitoria 1 de la normativa.
Artículo 2
Asimismo, se ha modificado la fecha «1/1/2025» a «1/1/2026» en el primer párrafo del artículo 12 de la misma normativa.
Artículo 3
Se eliminan las notas al pie 16.2 y 16.6, así como la segunda tabla de la nota al pie 16.9.1, y se cambia la expresión «Portföy bazında verilmelidir.» por «Kurum tarafından belirlenen asgari portföy seviyesi dikkate alınmalıdır.» en las notas al pie 16.8.4, 17.4 y 18.
Artículo 4
Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigor de la siguiente manera:
a) El artículo 3 entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
b) Los demás artículos entrarán en vigor en la fecha de su publicación.
Artículo 5
La implementación de este reglamento será responsabilidad del Presidente de la Autoridad de Regulación y Supervisión de Seguros y Fondos de Pensiones.
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